Gracias a la Acta de Ginebra, que modernizó el Arreglo de Lisboa de 1958 para la Protección de las Denominaciones de Origen y su Registro Internacional, ahora se permite a organizaciones internacionales como la Unión Europea a unirse. Actualmente está compuesto por 28 miembros, incluidos siete Estados miembros de la UE. Ser miembro permite asegurar la protección de las denominaciones de origen (DO) a través de un solo registro. Esto significa que una vez que la UE se convierta oficialmente en miembro, todas las indicaciones geográficas de la UE podrán, en principio, obtener protección rápida, de alto nivel e indefinida en otros miembros de la Acta de Ginebra.
Tras la adopción por el Consejo, que concluye el proceso legislativo, los dos actos se publicarán en el Diario Oficial y entrarán en vigor 20 días después de la publicación. Tres meses después, la Unión Europea se unirá oficialmente al Acta de Ginebra.
Las indicaciones geográficas (IG) se refieren a un producto que se origina en un área geográfica específica y respecto del cual una determinada calidad, reputación u otra característica está vinculada al origen geográfico. También se utilizan para distinguir y reforzar las contribuciones culturales y recompensar la creatividad de los conocimientos auténticos. Un nombre de producto registrado como indicación geográfica protegida (IGP) o denominación de origen protegida (DOP) solo puede ser utilizado por productores ubicados en el área designada.
Existen más de 3.000 nombres de vinos, licores y productos alimenticios de la UE y de países no pertenecientes a la UE registrados en la UE. Por ejemplo, esos incluyen Gorgonzola, Cava, Comté y Ouzo.
Lunes, 7 de octubre de 2019/ CE/ Unión Europea.
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